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La relación laboral. Fuentes del derecho del trabajo

Fuentes del derecho del trabajo

El derecho al trabajo es el derecho fundamental humano por el que toda persona tiene el derecho al trabajo, a la libre elección del mismo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación, con igualdad salarialremuneración dignaprotección social y derecho de sindicación.

El Derecho del Trabajo es un derecho mixto, con parte privada (condiciones pactadas entre empresario-trabajador) y parte pública (leyes aplicables).


Por ello es importante sentar las bases de cuáles son jerarquizadas las normas o fuentes a aplicar en la relación laboral.


Se consideran “fuentes del derecho del trabajo” a las instituciones y organismos que tienen poder o capacidad para crear normas (fuentes materiales) y a los tipos de normas que crean dichos organismos (fuentes formales).


En función del organismo que las elabora, se pueden distinguir:


A. Fuentes internas: normas del Derecho Laboral creadas dentro del propio territorio nacional por organismos o colectivos con capacidad para ello. Dentro de ellas:


Fuentes materiales: Son los poderes públicos o colectivos con capacidad para desarrollar normas jurídicas. Los tres poderes del Estado son:

  • Legislativo: Elabora leyes. Lo ejerce las Cortes (compuestas por Congreso de los Diputados y el Senado)
  • Ejecutivo: Se encarga de la parte administrativa del país y elabora los reglamentos. Lo ejerce el Gobierno (compuesto por Presidente y Ministros)
  • Judicial: Se encarga de aplicar e interpretar la ley. Son los jueces y los magistrados (los magistrados actúan de forma colegiada)


Fuentes formales: Son:

  • Normativa de la Unión Europea: Desde la entrada de España en la Unión Europea la Normativa de la UE está por encima incluso de la Constitución. Tiene por función el acercamiento de la normativa de los países miembros, pero dejando un margen de libertad a los distintos países. Son normas mínimas para cada país, que luego puede mejorarlas. Ej: en materia de prevención de riesgos laborales, surgiendo tras la aprobación de una Directiva (de la UE) la Ley de prevención de Riesgos Laborales en España (1989)
  • Constitución Española: Es la principal norma a nivel interno. Se hace referencia a aspectos laborales, recogiéndose algunos derechos en ese ámbito: derecho a la huelga, al trabajo, a negociar convenios, a la seguridad social…
  • Tratados Internacionales: La diferencia con la normativa de la UE es que esta se aplica directamente, mientras se ratifican previamente. Ej: Cuando España aprueba tratados internacionales, estos pasan a formar parte de la normativa interna, peropreviamente deben ser ratificados por nuestro país. Destacar los Convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo)
  • Leyes: su función es desarrollar la Constitución y se aprueban en las Cortes Generales (Congreso y Senado). Pueden ser:
    • Leyes Orgánicas: desarrollan los derechos fundamentales de la Constitución
    • Leyes Ordinarias: las que desarrollan el resto de los derechos
    • Real Decreto-Legislativo: Unifica varias leyes en una. Ej: El estatuto de los trabajadores es una ley con forma de Real Decreto Legislativo.
    • Real Decreto-Ley: El Gobierno lo aprueba en caso de urgente necesidad, para posteriormente ser convalidado en el Congreso.
  • Reglamentos: su función es concretar aún más las leyes. Son aprobados por el gobierno y la Administración. Los más conocidos:
    • Real Decreto: aprobado por el Consejo de Ministros (el Gobierno)
    • Orden Ministerial: que aprueba un ministro en Concreto
  • Convenios colectivos: Son acuerdos escritos y negociados por los representantes de los trabajadores y los empresarios. En ellos se regulan las condiciones de trabajo de los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación. La relación entre ley y convenio es que la ley (Estatuto de los trabajadores) establece el mínimo y deja posibilidad a que el convenio la mejore.
  • Contrato de trabajo: Es un acuerdo establecido voluntariamente entre el empresario y el trabajador. El trabajador se compromete a la realización de un determinado trabajo, bajo la dirección y el ámbito de organización del empresario, obteniendo una remuneración o salario. Se trata de un pacto privado.
  • Usos y costumbres: Son acciones o actuaciones que se repiten a lo largo del tiempo (costumbre) por parte de empresarios y trabajadores de una localidad (carácter local) pertenecientes a un determinado sector, profesión u oficio (carácter profesional). Ej: los camareros de Canarias han de ir afeitados, o el lugar y el pago del salario será según la costumbre.


B. Fuentes de ámbito internacional: Además de las fuentes internas vistas en el apartado A, existen fuentes del Derecho del Trabajo en el ámbito internacional. Su finalidad es crear una legislación laboral común a todos los estados y definir unas condiciones laborales generales para los trabajadores independientemente de dónde ejerzan su actividad laboral.
Ej: La Organización Internacional de Trabajo (OIT) y la UE son dos organismos internacionales que desarrollan gran cantidad de normas laborales. Se distinguen:

  • Reglamentos Comunitarios
  • Directivas comunitarias
  • Convenios de la OIT
  • Tratados Internacionales

DIFERENCIA ENTRE NORMA Y LEY:

  • Norma: es un precepto jurídico
  • Ley: Es un tipo de norma

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