Se consideran “fuentes del derecho del trabajo” a las instituciones y organismos que tienen poder o capacidad para crear normas (fuentes materiales) y a los tipos de normas que crean dichos organismos (fuentes formales).
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Para ser contrato de trabajo, deberá de ser un trabajo voluntario, por cuenta ajena, personal, retribuido y dependiente.
El Derecho del trabajo surge como una parte del Derecho que se encarga de regular las relaciones laborales entre el trabajador y el empresario.